Cómo elegir tu base de cotización como autónomo sin llevarte un susto en la regularización
Guía práctica del sistema de tramos del RETA: cómo estimar tus rendimientos netos, cuándo cambiar de base, qué pasa en la regularización anual y cómo provisionar la diferencia.
Elegir base de cotización es la decisión financiera que más autónomos toman una vez, en enero, y no vuelven a mirar. Es también la que con más frecuencia acaba en una reclamación de diferencias más de un año después.
Esta guía explica la mecánica y, sobre todo, cómo gestionarla para que la regularización no sea una sorpresa.
La respuesta corta
Elige la base correspondiente a los rendimientos netos que de verdad esperas tener este año, revísala cuando la realidad se separe de la previsión —puedes cambiarla hasta seis veces al año— y guarda una provisión para la regularización mientras haya incertidumbre. Cotizar por el mínimo “por si acaso” no ahorra dinero: lo aplaza y lo concentra en un solo golpe.
1. Entiende qué estás eligiendo
Desde 2023, el RETA cotiza por rendimientos netos reales. La secuencia es siempre la misma:
- Estimas tus rendimientos netos anuales.
- Eso te sitúa en un tramo, con una base mínima y una máxima.
- Eliges una base dentro de ese margen y cotizas provisionalmente.
- Al año siguiente, la Seguridad Social cruza tu cotización con lo que declaraste a Hacienda y regulariza.
La palabra clave es provisionalmente. Lo que pagas este año es un anticipo sobre una cifra que todavía no se conoce.
2. Calcula bien el rendimiento neto computable
No es tu facturación. Tampoco es exactamente tu beneficio fiscal. El cálculo tiene tres pasos:
- Parte del rendimiento neto de tu actividad, calculado con las normas del IRPF. Si tienes varias actividades económicas, se suman todas.
- Súmale las cuotas del RETA que has pagado. Es el paso que más se olvida: como la cuota es gasto deducible en el IRPF, la Seguridad Social la vuelve a sumar.
- Resta los gastos genéricos: un 7 % con carácter general, o un 3 % si estás en el RETA como socio o administrador de tu sociedad. Ese porcentaje no hay que justificarlo.
El resultado, dividido entre los meses de alta, es el promedio mensual que te sitúa en un tramo. Tienes el detalle y un ejemplo en rendimiento neto computable.
Dos casos donde más se equivoca la gente, y donde conviene sentarse con el asesor una vez y dejarlo claro:
- Si eres socio o administrador de tu sociedad, cuenta lo que la sociedad te paga —tu retribución y, si tienes participación suficiente, los dividendos—, no el beneficio de la empresa.
- Si además trabajas como empleado de otra empresa, esa nómina no entra en el cálculo: cotiza por su lado en el Régimen General. Lo que sí puede corresponderte es la devolución por pluriactividad del apartado 6.
3. Consulta la tabla del ejercicio en vigor
Los tramos, y las bases mínimas y máximas de cada uno, se fijan cada año. Para 2026, la Orden PJC/297/2026 mantiene las tablas —general y reducida— que la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 13/2022 preveía para 2025, y actualiza la base máxima de los tramos 11 y 12 de la tabla general conforme al tope máximo del Régimen General, que en 2026 es de 5.101,20 € mensuales.
Dicho de otro modo: en 2026 los tramos no se movieron respecto de lo previsto para 2025, salvo por arriba.
Un ejemplo: con un rendimiento computable de 2.635 € al mes, la tabla general de 2026 te sitúa en el tramo 7 —más de 2.330 € y hasta 2.760 €—, y puedes elegir una base entre 1.356,21 € y 2.760 € al mes.
Aun así, comprueba la tabla vigente en la sede electrónica de la Seguridad Social antes de decidir. No cotices con una tabla que leíste el año pasado en un blog.
4. Decide con las dos consecuencias delante
La base baja da caja hoy y prestación baja mañana. La base alta hace lo contrario. Las dos consecuencias son reales y conviene mirarlas juntas:
| Si eliges base baja | Si eliges base alta |
|---|---|
| Pagas menos cada mes | Pagas más cada mes |
| Riesgo de diferencias a ingresar en la regularización | Posible devolución, pero has adelantado caja todo el año |
| Base reguladora menor en baja médica, cese de actividad y nacimiento | Mejor cobertura si ocurre cualquiera de esas cosas |
| Menor cotización acumulada de cara a la jubilación | Mayor cotización acumulada |
Si estás en el primer año y tienes derecho a la cuota reducida de 80 €, esa decisión ya viene tomada: son doce meses cotizando por la base mínima, prorrogables otros doce si tus rendimientos se mantienen por debajo del SMI. Ten presente que también son doce meses de cobertura calculada sobre esa base mínima.
5. Ajusta durante el año: tienes seis oportunidades
Esta es la parte que casi nadie usa y la que evita el susto. El sistema permite cambiar de base hasta seis veces al año, con este calendario:
| Si lo solicitas entre | La nueva base tiene efecto el |
|---|---|
| 1 de enero y último día de febrero | 1 de marzo |
| 1 de marzo y 30 de abril | 1 de mayo |
| 1 de mayo y 30 de junio | 1 de julio |
| 1 de julio y 31 de agosto | 1 de septiembre |
| 1 de septiembre y 31 de octubre | 1 de noviembre |
| 1 de noviembre y 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
El cambio se pide en el servicio Base de cotización y rendimientos del portal Importass de la Tesorería, o a través del Sistema RED si tienes autorizado.
Cómo usarlo:
- Revisa tu previsión de rendimientos al cerrar cada trimestre, cuando presentas el 303 y, si te toca, el 130. Ya tienes los números delante.
- Si llevas medio año facturando muy por encima de lo previsto, sube la base. Es más barato repartir la subida en los meses que quedan que recibirla entera en la regularización.
- Si el año se ha torcido, baja la base. Cotizar de más para que te lo devuelvan más de un año después es financiar a la Seguridad Social sin interés.
- La ventana de septiembre-octubre es la última con efecto en el mismo ejercicio. Si solo vas a mirar esto una vez al año, que sea en octubre.
6. Provisiona la diferencia y conoce los plazos
Mientras haya incertidumbre sobre el tramo final, aparta cada mes lo que costaría la diferencia hasta el tramo que crees más probable. Es una cantidad pequeña repetida doce veces, y convierte una reclamación inesperada en un pago ya cubierto.
La regla operativa: si no sabes en qué tramo vas a acabar, provisiona como si fueras a acabar en el de arriba.
Cuando llegue la regularización, estos son los plazos que importan:
- Si te reclaman diferencias, tienes hasta el último día del mes siguiente a la notificación para ingresarlas sin intereses de demora ni recargo. Pasado ese plazo, aparecen los dos.
- Si te devuelven, la Tesorería lo hace de oficio —no hay que pedirlo— y sin intereses.
- Si prefieres mantener la base más alta en lugar de cobrar la devolución, para que cuente en tus prestaciones, tienes que pedirlo en el mismo plazo: hasta el último día del mes siguiente a la notificación.
Y si además trabajas por cuenta ajena, mira la pluriactividad: quien en 2026 supere los 17.323,68 € cotizados por contingencias comunes sumando ambos regímenes tiene derecho a que le devuelvan el 50 % del exceso, con el límite del 50 % de lo ingresado en el RETA por ese concepto. También es de oficio, y bastante gente no sabe que existe.
7. Errores que se repiten
- Confundir facturación con rendimiento neto. El tramo va por rendimiento, no por lo que entra en el banco.
- Olvidar sumar las cuotas al calcular el rendimiento. Te sitúa en un tramo por debajo del que te corresponde.
- Olvidar pedir la cuota reducida al darse de alta. Hay que solicitarla en ese momento; después no se aplica.
- No comunicar la baja en el RETA al parar la actividad. Mientras no se comunique, la obligación de cotizar sigue viva aunque no factures.
- Tratar la regularización como un imprevisto. Es un evento anual conocido y con fecha aproximada. Tiene poco de imprevisto.
Qué puede hacer Aurora aquí
Aurora trabaja hoy con sociedades, no con autónomos sin sociedad. Si eres socio o administrador de tu SL, Aurora no elige tu tramo ni presenta nada por ti. Lo que hace es tener los números de tu empresa ordenados antes de que los necesites —facturas emitidas y recibidas clasificadas, banco conciliado y cuenta de resultados al día—, para que la conversación con tu asesoría sobre qué base te corresponde parta de datos reales y no de una estimación de memoria.
Lo que no es evidente para en revisión. Lo que se automatiza queda trazado y es reversible.
Los trámites de alta, baja y cambio de base se hacen ante la Tesorería General de la Seguridad Social, y quien presenta y firma ante la Administración es siempre un profesional.
Aurora está en beta con un grupo de early adopters. Si quieres probarla, escríbenos.
Fuentes
- Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social para el ejercicio 2026
- Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026
- Seguridad Social — Nuevo sistema de cotización para autónomos
- Tesorería General de la Seguridad Social — Regularización anual de cuotas de Trabajo Autónomo
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