Modelo 130
Pago fraccionado trimestral del IRPF de los autónomos en estimación directa: el 20 % del rendimiento neto acumulado, menos lo ya pagado y retenido.
Qué es el modelo 130
Es el pago fraccionado del IRPF. Un autónomo no espera a junio del año siguiente para pagar su impuesto: adelanta cada trimestre una parte, y en la declaración de la renta se descuenta todo lo adelantado. Si adelantó de más, le sale a devolver.
Solo aplica a personas físicas en estimación directa, normal o simplificada. En estimación objetiva (módulos) el modelo equivalente es el 131. Y el socio de una SL no presenta 130 por los beneficios de la sociedad: esos van por el Impuesto sobre Sociedades.
Quién no tiene que presentarlo
Si eres profesional y en el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos de la actividad llevaron retención o ingreso a cuenta, quedas exento de presentar el 130. Tiene lógica: si tus clientes ya te retienen el 15 % en cada factura, el adelanto ya está hecho. La misma regla del 70 % se aplica a las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
En el primer año de actividad, sin ejercicio anterior con el que comparar, se atiende a lo facturado en el propio trimestre.
Cómo se calcula
El cálculo es acumulativo desde el 1 de enero, no trimestre a trimestre aislado:
- Ingresos del año hasta el fin del trimestre, menos gastos deducibles del mismo periodo. Eso es el rendimiento neto.
- 20 % sobre ese rendimiento neto.
- Menos los pagos fraccionados de los trimestres anteriores del mismo año.
- Menos las retenciones que te han practicado tus clientes en lo que va de año.
Hay además una minoración adicional para rendimientos bajos y la posibilidad de restar un tramo por préstamo para vivienda habitual en supuestos concretos: son casillas de detalle que conviene revisar con tu asesor. Las actividades agrícolas, ganaderas y forestales aplican el 2 % sobre ingresos en lugar del 20 % sobre rendimiento.
Si el resultado sale negativo o cero, el modelo se presenta igualmente con ese resultado, y la cantidad negativa se arrastra a los trimestres siguientes.
Un ejemplo con números
Un consultor autónomo en estimación directa simplificada:
Primer trimestre. Ingresos 12.000 €, gastos 4.000 € → rendimiento 8.000 €. El 20 % son 1.600 €. Sus clientes le han retenido 600 €. A ingresar: 1.000 €.
Segundo trimestre. Acumulado del año: ingresos 25.000 €, gastos 9.000 € → rendimiento 16.000 €. El 20 % son 3.200 €. Menos los 1.000 € del primer trimestre y menos 1.300 € de retenciones acumuladas. A ingresar: 900 €.
Fíjate en el efecto: un trimestre malo puede dar cuota cero aunque hayas facturado, porque el acumulado manda.
Plazos exactos
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre
- Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero
El 130 no tiene resumen anual propio: su cierre es la declaración de la renta, en la campaña de abril a 30 de junio del año siguiente.
Cómo lo hace Aurora
Aurora mantiene ingresos y gastos clasificados durante todo el año, así que el rendimiento neto acumulado está calculado en cualquier momento, no solo el día 18 de abril. El 130 aparece en tu calendario fiscal con su plazo y su aviso, y si lo presenta tu gestor puedes archivarlo en Aurora, que lo reconoce y lo coloca en el histórico del ejercicio. La preparación de su borrador está en el roadmap: hoy Aurora prepara los del 303, el 111, el 115 y el 349. La presentación y la firma ante la AEAT las hace un profesional con su certificado.
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