Modelo 200

Declaración anual del Impuesto sobre Sociedades. Se presenta en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio.

Qué es el modelo 200

Es la declaración con la que una sociedad liquida el Impuesto sobre Sociedades de un ejercicio ya cerrado. No es un resumen ligero: además de la liquidación, el modelo incorpora tus estados contables (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto) y el detalle de los ajustes fiscales que has aplicado.

Están obligadas a presentarlo todas las entidades sujetas al impuesto, aunque no hayan tenido actividad ni ingresos en el año. Una SL inactiva también presenta su 200.

Plazo exacto

El plazo son los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo.

Para un ejercicio natural, que cierra el 31 de diciembre, esos seis meses terminan el 30 de junio: el plazo va del 1 al 25 de julio del año siguiente. Si tu sociedad tiene un ejercicio partido, la cuenta se desplaza igual sobre tu fecha de cierre, contando los seis meses de fecha a fecha: comprueba en la AEAT el plazo exacto que te toca.

Si vas a domiciliar el pago, el plazo se acorta unos días respecto al final del periodo. La orden ministerial de cada campaña fija las fechas concretas; confírmalas antes de apurar.

La presentación es siempre electrónica y requiere certificado. Los pagos fraccionados a cuenta del impuesto no van en el 200: se ingresan durante el año con el modelo 202.

Qué necesitas tener antes

El 200 no se rellena, se deduce. Todo lo que declara sale de la contabilidad, así que antes de abrirlo necesitas:

  • El ejercicio cerrado y cuadrado: banco conciliado, todas las facturas emitidas y recibidas registradas, existencias valoradas.
  • Las amortizaciones del año contabilizadas, con su dotación en la cuenta 681 y su acumulada en la 281.
  • El resultado del ejercicio calculado, que es el punto de partida de la base imponible.
  • Los ajustes extracontables identificados: gastos no deducibles, diferencias temporarias, bases imponibles negativas pendientes.
  • Los pagos fraccionados del modelo 202 y las retenciones soportadas, para restarlos de la cuota.

Su relación con las cuentas anuales

El 200 y las cuentas anuales beben de la misma contabilidad, pero van a sitios distintos y en momentos distintos. Las cuentas anuales las formula el órgano de administración en los tres meses siguientes al cierre, las aprueba la junta dentro de los seis meses y se depositan en el Registro Mercantil en el mes siguiente a la aprobación. El 200 se presenta ante la AEAT en julio.

Como el impuesto se calcula sobre el resultado aprobado, lo habitual es cerrar primero la contabilidad y aprobar las cuentas, y presentar el 200 después.

Cómo lo hace Aurora

Aurora lleva tu contabilidad al día durante el ejercicio, que es lo que hace viable el 200 en julio en lugar de una reconstrucción a última hora, y mantiene el 200 y sus pagos fraccionados del 202 en tu calendario fiscal, con aviso antes de cada plazo. La preparación del cierre anual y el borrador del propio 200 están en el roadmap; hoy Aurora cubre el ciclo trimestral y ese paso se coordina con tu gestor. La presentación y la firma ante la AEAT las hace siempre un profesional con su certificado.

Aurora lleva esto por ti — con agentes de IA que ejecutan y tú apruebas.

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