Modelo 111
Declaración trimestral con la que ingresas las retenciones de IRPF de nóminas y facturas de profesionales. Su resumen anual es el modelo 190.
Qué es el modelo 111
Es la autoliquidación con la que empresas y autónomos ingresan en Hacienda las retenciones de IRPF que han practicado en el trimestre. No es un impuesto tuyo: es dinero de terceros que has descontado de sus pagos y que ahora entregas.
Si en el trimestre has pagado nóminas o facturas con retención, tienes que presentarlo. Y si estás dado de alta en la obligación en el modelo 036, presentas aunque el trimestre salga a cero.
Qué se declara dentro
El 111 agrupa varios conceptos, cada uno con su propio bloque de perceptores, base y retenciones:
- Rendimientos del trabajo. Nóminas, finiquitos y retribuciones en especie. El porcentaje sale del algoritmo del reglamento del IRPF, no es fijo.
- Retribuciones de administradores y consejeros. 35 %, o 19 % si el importe neto de la cifra de negocios de la entidad en el último periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago fue inferior a 100.000 €. No es «lo que factura al año»: es el INCN del último ejercicio ya cerrado.
- Actividades profesionales. 15 % general y 7 % en el año de alta y los dos siguientes.
- Premios, ganancias por aprovechamientos forestales y cesión de derechos de imagen. Bloques residuales que casi ninguna pyme usa.
Fuera quedan las retenciones por alquiler de local, que van al modelo 115.
Plazos exactos
Del 1 al 20 del mes siguiente al final de cada trimestre:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre
- Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero
Si quieres domiciliar el pago, el plazo se corta unos días antes del 20; comprueba la fecha en el calendario del contribuyente de la AEAT. Las empresas con un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € el año anterior lo presentan cada mes, también del 1 al 20 del mes siguiente.
Un ejemplo con números
Un trimestre normal de una pyme con dos personas en plantilla y un diseñador externo:
- Nóminas: 24.000 € de retribución, 2.880 € retenidos (12 % de tipo medio)
- Factura del diseñador, cuarto año de actividad: 3.000 € de base, 15 % → 450 €
- Total a ingresar en el 111: 3.330 €
Ese importe sale de tu cuenta el día de la presentación, pero salió de tu tesorería antes, cuando pagaste nóminas y factura por el neto. El 111 no te empobrece: solo devuelve lo que ya habías apartado.
El resumen anual: modelo 190
En enero se presenta el modelo 190 con el detalle del año: cada perceptor, su NIF, su clave (A para rendimientos del trabajo, G para actividades profesionales), lo pagado y lo retenido. La suma del 190 tiene que cuadrar con la de los cuatro 111. Si no cuadra, la AEAT lo detecta y llega el requerimiento.
Cómo lo hace Aurora
Aurora clasifica tus facturas recibidas con retención y toma la de cada nómina, y con eso prepara el borrador del 111 declarando por lo que has pagado en el trimestre, que es el criterio de caja que exige la AEAT y el error más caro de este modelo. Antes de enseñártelo lo cuadra contra las nóminas del periodo y te señala lo que no encaja. Tú revisas el borrador antes de que salga. Los importes de la nómina los confirmas tú o te los pasa tu asesoría laboral, que es también quien aplica el convenio y lleva los trámites de Seguridad Social; la presentación ante la AEAT la firma un profesional con su certificado.
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Aurora lleva esto por ti — con agentes de IA que ejecutan y tú apruebas.
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